DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018

Fecha: 12-Dic-2018

Artículo 62.- Órganos de control social.

Se establece que el Comité de Vigilancia u otra Organización civil organizada y acreditada que posea equidad de género se constituye como el órgano de Control Social, mismo que cuenta por ley con la facultad de representar a la sociedad civil organizada ante el Gobierno Autónomo Municipal de Aucapata es responsable de facilitar la participación, supervisión y control ciudadano en la gestión municipal. 

Se establece que el Comité de Vigilancia u otra Organización civil organizada y acreditada que posea equidad de género se constituye como el órgano de Control Social, mismo que cuenta por ley con la facultad de representar a la sociedad civil organizada ante el Gobierno Autónomo Municipal de Aucapata es responsable de facilitar la participación, supervisión y control ciudadano en la gestión municipal”.