DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018

Fecha: 12-Dic-2018

III.5.  Sobre la Autonomía Municipal

Los municipios se encuentran establecidos por la Norma Suprema como parte de la organización territorial del Estado, así lo establece el art. 269.I de la CPE, teniendo una trascendente importancia para el cumplimiento de los fines del Estado, por cuanto, su gobierno de carácter local cumple un acercamiento profundo entre la población y la estatalidad para la satisfacción de sus necesidades, en especial las más básicas, a las cuales un gobierno centralizado no podría alcanzar a suplir de manera directa, más aún en el caso del Estado boliviano, que por su extensión territorial requiere presencia estatal para atender las necesidades de su población, aspecto que es cumplido por los gobiernos autónomos municipales.

Teniendo presente que uno de los objetos de la constitución de gobiernos autónomos subnacionales, es acercar al Estado a la población para que ésta goce de la provisión de bienes, servicios y normas por parte de la administración pública; ámbito en el cual cobra singular importancia la constitución de gobiernos municipales autónomos, así también entendió este Tribunal mediante la DCP 0026/2013 de 29 de noviembre, señalando que: “…el nivel territorial local y su institucionalidad pública materializada en el gobierno municipal, se invisten –por su cercanía al ciudadano–, de una importancia política y administrativa innegable, cuyo carácter primario o de base lo instituyen, como bien lo entendió Tocqueville, en una verdadera escuela de ciudadanía, un espacio donde la participación política directa y permanente es aún posible, principalmente en los centros poblacionales pequeños y medianos, y aunque con mayores limitaciones, también en las grandes urbes.

Es precisamente esa proximidad de los gestores públicos locales-municipales con los problemas cotidianos de la gente, lo que posibilita la apertura de escenarios para la participación del ciudadano en las decisiones de interés colectivo en el ámbito de lo local, otorgando al gobierno municipal un carácter político y administrativo diferenciado y una situación de privilegio fuertemente vinculado a una renovación permanente de la legitimidad por los ciudadanos, quienes más allá de constituirlo mediante los mecanismos electorales regulares (elecciones periódicas y voto popular), tienen la posibilidad real de participar mediante distintos mecanismos en las definiciones y la gestión de las políticas públicas de interés local, además de ejercer un control más directo sobre los procesos de gobierno a este nivel”.