Auto Supremo AS/0128/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2015-RRC-L

Fecha: 09-Mar-2015

Al respecto, el autor Carlos Morales Guillen respecto de la incomunicabilidad señala; “Se basa en


Al respecto, el autor Carlos Morales Guillen respecto de la incomunicabilidad señala; “Se basa en la individualización de la responsabilidad Penal, discriminando o diferenciando la responsabilidad en cada caso según la situación de cada uno en el delito. Las circunstancias agravantes o disminuyentes inherentes a cada sujeto que actúa en el mismo delito, individualmente sirven para agravar o atenuar su responsabilidad, por ello la ley establece la incomunicabilidad, es decir que no son comunicables o aplicables a los otros, porque no agravan ni favorecen las relaciones, cualidades y circunstancias personales de los partícipes como tampoco se comunican las circunstancias que excluyen la responsabilidad que puede tener uno de ellos debido a que todas son personales e individuales, se consideran de intima cualidad en el sujeto en el que presentan como expresión de su personalidad, por eso estableciéndose previamente si uno es autor, instigador o cómplice