Auto Supremo AS/0128/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2015-RRC-L

Fecha: 09-Mar-2015

Alega que existe el defecto de sentencia previsto en el inc


Alega que existe el defecto de sentencia previsto en el inc. 1) del art. 370 del CPP, señalando que la Sentencia emitida por el Tribunal de Sentencia vulneró lo dispuesto por el art. 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, el cual es concordante con los subtipos penales establecidos en el art. 33 inc. m) de la misma ley, concretamente con aquellos que han sido plasmados en la acusación formal en su contra (posesión dolosa, transporte, sacar del país, transacciones a cualquier título) y que también se vulneró lo dispuesto por el art. 53 de la Ley 1008, lo que se encuentra demostrado plenamente del análisis de la Sentencia ahora impugnada, en la cual ha existido errónea calificación de los hechos, errónea concreción en el marco penal y como consecuencia lógica, errónea fijación de la pena