Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0128/2015-RRC-L
Fecha: 09-Mar-2015
III.3. Análisis del caso
III.3. Análisis del caso
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Por memoriales presentados el 29 de noviembre de 2010, cursante de fs
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a) En mérito a la acusación fiscal (fs
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b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Madeleine Alicia Rodríguez (fs
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El referido Auto de Vista motivó la interposición de los siguientes recursos de casación
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I.1.1. Motivos de los recursos
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De los memoriales de los recursos de casación y del Auto Supremo 822/2014 de 15
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I
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1) Que, el Tribunal de alzada al modificar la calificación penal de Traficó de
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2) Se recurre respecto de la calificación jurídica de la conducta y consiguiente fijación
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Al respecto invocó como precedentes contradictorios consistentes en los Autos Supremos referidos a: Posesión dolosa,
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Petitorio
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I.1.1.2. Recurso de casación de Madeleine Alicia Rodríguez
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1) Denuncia la existencia de actividad procesal defectuosa, incongruencia y violación de la Ley
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2) Insuficiente fundamentación del Auto de Vista, ya que no se expresó de forma clara
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I.1.1.3. Recurso de Casación de Augusto César Toro Blacutt
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1) Insuficiente fundamentación de la Sentencia basada en defectuosa valoración de la prueba, aspecto que
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2) Incoherencia entre lo solicitado en su Recurso de Apelación Restringida y el Auto de
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I.1.1.4. Recurso de Casación de Stina Brendemo Hagen
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1) Inobservancia y errónea aplicación del inc
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Sobre los motivos expuestos señaló los Autos Supremos 417 de 19 de agosto de 2003,
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2) Que, se denunció la falta de fundamentación de la Sentencia y defectuosa valoración probatoria
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Sobre la temática planteada señaló los siguientes Autos Supremos, 724 de 26 de noviembre de
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I.1.1.5. Recurso de Casación de Alex Ramiro Pereira Blacutt
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1) El Tribunal de alzada al haber declarado parcialmente procedente su recurso de apelación restringida
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2) El Tribunal de alzada al dictar una nueva Sentencia sin anular la anterior vulnera
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 822/2014 de 15 de diciembre, cursante de fs
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II.1. De la Sentencia
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Desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Primero de Sentencia de la entonces Corte
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Estos hechos cometidos en la forma descrita evidencia la participación plena y concertadas de las
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Esta relación con estas personas, excepto Christina Oygarden, el 2007 ella y Stina Brendemo Hagen
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STINA BRENDEMO HAGEN, tiene relación con Madeleine Alicia Rodríguez, Christina Oygarden
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ALEX RAMIRO PEREIRA BLACUTT, estableció contacto tanto con las imputadas noruegas, como con Augusto César
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AUGUSTO CESAR TORO BLACUTT, es la persona que dirige todas las operaciones
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Augusto César Toro Blacutt está constantemente muy cerca de las viajeras sin tomar contacto directo
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Con relación a la participación de AMANDA VERÓNICA PARADA FRANCO Y FANNY FRANCO VIRUEZ, resulta
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Con relación, a la participación de los esposos JUAN YONIS CAMPOS JUSTINIANO Y PAOLA ALEJANDRA
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Estas declaraciones coinciden con las literales codificadas con F-14 que consiste en las Actas de
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La prueba codificada como F-6 que son las Actas de prueba de campo que demuestran
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La literal F-10, que son las Actas de Secuestro de evidencias que demuestra los bolsones
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La declaración testifical de Claudia Caballero Espinoza recepcionista del Hotel Buganvillas, prueba que las imputadas
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Lo mismo ocurre respecto al hospedaje de las noruegas en el Hotel Cesar’s Plaza de
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El hecho de que ALEX RAMIRO PEREIRA BLACUTT, trae a las imputadas noruegas desde Santa
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La prueba codificada como F-59 consistente en la filmación de seguridad del Aeropuerto Jorge Wilsterman
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Las literales codificadas como F-95 consistente en un Informe del laboratorio “Smith Farma” con documentación
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Que, Alex Ramiro Pereira Blacutt tuvo flujo migratorio y se demuestra con el Informe de
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La declaración testifical de Armando Javier Asturizaga Alcoreza, informa que las empresas telefónicas no han
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Hace también un relato acerca de los allanamientos en los domicilio de Juan Yonis Campos
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Las literales codificadas con F-3 que son las Actas de arresto de persona F-4 el
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Las pruebas producidas por la defensa de MADELEINE ALICIA RODRÍGUEZ codificadas con M-1 que consiste
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Las pruebas de descargo de ALEX RAMIRO PEREIRA BLACUTT, AMADA VERONICA PARADA FRANCO Y FANNY
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Las pruebas de descargo de STINA BRENDEMO HIAGEN, codificadas como S-1 Registro de Antecedentes debidamente
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Por otro lado el Ministerio Público sostuvo como definitivas sus conclusiones finales, argumentando que se
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En consecuencia, se declararon probados los hechos en la conducta de MADELEINE ALICIA RODRÍGUEZ, STINA
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Al mismo tiempo, tanto MADELEINE ALICIA RODRIGUEZ, como STINA BRENDEMO HAGEN ALEX RAMIRO PEREIRA BLACUTT
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En cambio, la conducta de AMADA VERONICA PARADA FRANCO no genera convicción de adecuación a
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Con relación a PAOLA ALEJANDRA OLIVARES VERGARA, tampoco se ha demostrado que ella hubiere sido
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Con relación a JUAN YONIS CAMPOS JUSTINIANO, la acusación de que es parte de la
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En el caso de Augusto César Toro Blacutt y Alex Ramiro Pereira Blacutt, el Tribunal
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II.2. De las apelaciones restringidas de los imputados
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II.2.1. Apelación Restringida interpuesta por Madeleine Alicia Rodríguez
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Asimismo, alega el defecto de Sentencia previsto en el inc
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Alega la existencia del defecto de Sentencia previsto en el inc
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II.2.3. FUNDAMENTOS DE LA APELACIÓN RESTRINGIDA NTERPUESTA POR LA IMPUTADA STINA BRENDEMO HAGEN
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Alega que existe el defecto de sentencia previsto en el inc
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Alega la inexistencia de fundamentación de la sentencia o que ésta sea insuficiente o contradictoria,
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Además, la apelante reclama sobre el subtipo penal de sacar droga del país, que le
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Refirió que la Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración
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Señaló la existencia de inobservancia de las reglas previstas para la deliberación y redacción de
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II.2.4. FUNDAMENTOS DE LA APELACIÓN RESTRINGIDA INTERPUESTA POR EL IMPUTADO AUGUSTO CESAR TORO BLACUTT
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El apelante se refiere a las apelaciones incidentales planteadas en juicio e indica que en
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Por otra parte, el apelante alega que, en juicio oral, su defensa planteó exclusión probatoria
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Alega la existencia del defecto previsto en el art
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Señala que la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva constituye un defecto procesal
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El apelante también alega el defecto de Sentencia previsto en el inc
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Por otro lado, alega la existencia del defecto de Sentencia previsto en el art
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Alega también el apelante la existencia del defecto de sentencia previsto en el inc
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Finalmente, el imputado sostiene la existencia del defecto de Sentencia previsto en el inc
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II.2.5. FUNDAMENTOS DE LA APELACIÓN RESTRINGIDA INTERPUESTA POR EL IMPUTADO ALEX RAMIRO PEREIRA BLACUTT
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Refiere la ilegalidad de la acusación formal por vulneración de los principios, garantías y derechos
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Refirió la interposición de un recurso de inconstitucionalidad del art
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Sostiene también que en la etapa del planteamiento de los incidentes su abogado interpuso
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El imputado apelante reclama que el Presidente del Tribunal, se arrogó una jerarquía y atribuciones
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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Respecto a la alegación sobre la existencia del defecto de Sentencia previsto en el inc
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Al respecto, inicialmente corresponde indicar a este Tribunal de alzada que se privilegia el principio
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En el caso de autos, de la revisión de la Sentencia apelada se tiene que
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En relación al reclamo de la apelante de que las mismas fiscales y el testigo
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En relación a la existencia del defecto de Sentencia previsto en el inc
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En lo que atañe a la eventual existencia del defecto de Sentencia previsto en el
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En relación al reclamo de la imputada apelante sobre la eventual existencia del defecto de
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A su vez, refiriéndose concretamente al defecto de sentencia previsto en el inc
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II
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Por otro lado, en lo que atañe al reclamo del Ministerio Público sobre la
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Con relación al defecto de Sentencia previsto en el inc
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Al respecto, mediante doctrina legal aplicable emitida por la entonces Corte Suprema de Justicia a
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Entonces, desde el punto de vista del esquema finalista,
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Al respecto, el delito de Transporte de Sustancias Controladas es un delito de mera actividad
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Por lo que, amerita aplicar el efecto extensivo previsto en el art
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Por otro lado, con relación a la alegación impugnatoria de la imputada Stina Brendemo Hagen
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Por otro lado, con relación al reclamo sobre la existencia del defecto de sentencia previsto
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Finalmente, en cuanto se refiere a la alegación impugnatoria de Stina Brendemo Hagen
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Con relación al reclamo (primer fundamento de los agravios) del mencionado imputado apelante sobre el
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Por otra parte, si se aceptara la apelación de las resoluciones que rechacen las excepciones
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Por otro lado, con referencia al segundo fundamento de agravios, expuesto sobre los argumentos que
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Lo propio acontece con el cuarto fundamento de agravios (relación de hechos) ya que para
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el sólo ofrecimiento de la prueba, sino con la efectiva producción de la misma ante
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Por otro lado, con referencia a la alegación impugnatoria del apelante sobre la existencia del
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Según las conclusiones a las que arribó el Tribunal de Sentencia inferior, las imputadas Madeleine
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En consecuencia, conforme prevé el art
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Con relación al alegato sobre la existencia del eventual defecto de Sentencia previsto en el
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En cuanto se refiere al reclamo sobre la existencia del defecto de Sentencia previsto en
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Con referencia a la alegación impugnatoria de que existiría el defecto de sentencia previsto en
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Respecto a la alegación impugnatoria del apelante en sentido que de forma errónea se calificó
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Asimismo, el Tribunal de Apelación considera importante el análisis del art
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La teoría del dominio final del hecho es sustentado por la escuela finalista del delito
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En consecuencia, según las conclusiones a las que arribó el Tribunal de Sentencia inferior,
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Finalmente, con relación al reclamo del imputado apelante sobre la sintomática introducción de una prueba
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Respecto de todos los imputados determinó
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Por otro lado, en lo que se refiere a AUGUSTO CÉSAR TORO BLACUTT y ALEX
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Stina Brendemo Hagen, autora y culpable de la comisión de los delitos de Transporte de
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Augusto Cesar Toro Blacutt, autor y culpable de la comisión de los ilícitos de Transporte
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Alex Ramiro Pereira Blacutt, autor y culpable de la comisión de los delitos de Transporte
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Finalmente se confirmó la absolución de: Paola Alejandra Olivares Vergara, Juan Yonis Campos Justiniano, Amada
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Teniendo en cuenta que existen precedentes contradictorios que no cumplieron con la calidad de precedentes
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Autos Supremos 238 de 7 de marzo de 2007, 407 de 9 de octubre de
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Autos Supremos 194 de 11 de julio de 2005 (invocados por el Ministerio Público) y
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Finalmente, corresponde aclarar que con referencia a la invocación en los recursos planteados respecto de
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a) Recurso de casación del Ministerio Público
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Invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos: 337 de 1 de julio de 2010, 224
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Una forma de resolución de los Autos de Vista defectuosos se refiere a los casos
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Que, los supuestos de errónea aplicación de la ley adjetiva se refieren: a) Los defectos
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En ningún fallo puede existir incongruencia y contradicción entre los fundamentos expuestos en la parte
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Asimismo, invocó el Auto Supremo 307 de 11 de junio de 2003, referido a que
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Por otra parte, si bien es cierto que el art
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b) Recurso de casación de Madeleine Alicia Rodríguez
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La recurrente, Madeleine Alicia Rodríguez invocó como precedentes contradictorios los siguientes
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Los Autos Supremos 223 de 28 de marzo de 2007, 111 de 31 de enero
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Asimismo, invocó el Auto Supremo 241 de 1 de agosto de 2005, relativo a que
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El Auto Supremo 369 de 5 de abril de 2007, en el que se determinó
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Se invoca el Auto Supremo 99 de 24 de marzo de 2005, cuya doctrina legal
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación, máximo intérprete de la "legalidad", cumple una
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Es evidente que el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación ya ha establecido una
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Por su parte, se tiene como invocado el Auto Supremo 314 de 25 de agosto
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Los Autos Supremos 97 de 1 de abril de 200 y 597 de 1 de
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El Auto Supremo 166 de 12 de mayo de 2005, referido a considerar defecto absoluto,
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Que, de acuerdo con la nueva concepción doctrinaria, la apelación restringida es el medio legal
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Autos Supremos 526 de 20 de septiembre de 2004, 527 y 529 de 20 de
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Que el tipo penal de tráfico de sustancias controladas incurso en el artículo 48 de
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Finalmente que toda cuestión de puro derecho que sea motivo de apelación restringida abre la
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c) Recurso de casación de Augusto Cesar Toro Blacutt
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Invocó como precedentes contradictorios los siguientes Autos Supremos
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Se consideran defectos absolutos, cuando en la sentencia no existen razones ni criterios sólidos que
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El recurso de apelación restringida es el medio legal para impugnar errores de procedimiento o
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La motivación es una parte estructural de las resoluciones y su ausencia hace presumir que
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d) Recurso de casación de Stina Brendemo Hagen
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Invocó como precedentes contradictorios, los siguientes
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Auto Supremo 314 de 25 de agosto de 2006
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Que el juicio oral, público y contradictorio conforme dispone el art
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Que, la facultad de valorar la prueba corresponde con exclusividad al Juez o Tribunal de
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Con relación a los delitos cometidos por infracción de la Ley 1008 se advierte: (Congruencia)
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Los delitos emergentes de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, son
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Que, partiendo de estos conceptos, se tiene que la Ley del Régimen de la Coca
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d) Recurso de Casación de Alex Ramiro Pereira Blacutt
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En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la ley
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En el proceso penal ninguna sentencia o auto de vista quedará firme, si en su
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III
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Para el análisis de los motivos planteados por los recurrentes, corresponde hacer referencia al criterio
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“Constituye circunstancia agravante el tráfico de sustancias controladas en volúmenes mayores”
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Este artículo comprende toda conducta contemplada en la definición de tráfico dada en el inc
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Por lo expuesto, el entendimiento asumido, así como los argumentos y justificación expuestos en el
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III.3. Análisis del caso
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III.3.1. Sobre la errónea aplicación de la norma sustantiva
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Tanto el Ministerio Público como la recurrente Stina Bredemo Hagen, coinciden en exponer que el
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Es así que en materia penal se establece la obligación impuesta a los Jueces, Tribunales
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Por otro lado, con relación a Madeleine Alicia Rodríguez y Stina Brendemo Hagen; el Tribunal
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No obstante el desarrollo lógico y argumentativo de la Sentencia, el Tribunal de alzada a
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Añadiendo que el único objetivo que quedó demostrado, por la flagrancia del hecho juzgado, es
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Con estos argumentos, el Tribunal de alzada concluyó que ameritaba se aplique el efecto extensivo
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Ahora bien, conforme la doctrina legal desglosada en el apartado III
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En consecuencia, se concluye que la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del
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Encontrándose este motivo directamente relacionado con el anterior, cabe señalar que el Tribunal de alzada
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De ahí que se puede advertir que el Auto de Vista no tomó en cuenta
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El Ministerio Público arguye que en la calificación jurídica de la conducta y consiguiente fijación
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En ese sentido, el art
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Las especiales relaciones, cualidades y circunstancia personales que funden, excluya, aumenten o disminuyan la responsabilidad,
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Faltando en el instigador o cómplice, especiales relaciones cualidades y circunstancias personales que funden la
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Al respecto, el autor Carlos Morales Guillen respecto de la incomunicabilidad señala; “Se basa en
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Si en el autor hay especiales relaciones, cualidades y circunstancias personales de la tipificación diferentes
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Consecuentemente, tomando en cuenta lo previsto tanto por el Código Penal, así como por la
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Los recursos de casación formulados por Madeleine Alicia Rodríguez, Augusto César Toro Blacutt y Stina
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Para el motivo en análisis, es imperioso recordar que la exigencia de motivación es una
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En el orden de ideas señalado, este Tribunal con el objetivo de precisar el alcance
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Debe entenderse por fundamentación la obligación inexcusable de la autoridad que emite un fallo, de
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De igual manera, es necesario diferenciar la indebida motivación de la indebida fundamentación y la
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De lo expresado, se establece que el deber de fundamentar y motivar las resoluciones emanadas
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En ese entendido, respecto del motivo planteado se advierte que la recurrente sí fue asistida
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Los dos motivos planteados por el recurrente Alex Ramiro Pereira Blacutt se centran en denunciar
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Evidenciado como fue el error de derecho en el que incurrió el Tribunal de alzada
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Bajo el objetivo señalado, corresponde recordar que es conocido que el actual sistema procesal penal
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En efecto, la uniforme doctrina legal emitida por el Tribunal Supremo de Justicia estableció que,
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Sin embargo, no es menos evidente que este Tribunal incorporó una sub regla para los
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Ahora bien, cabe precisar que el error en que incurrió el Tribunal de alzada es
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Finalmente con relación a que el Tribunal de alzada no consideró que la sentencia vulneró
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Por todo lo expuesto, al haberse constatado que el Auto de Vista impugnado, al modificar
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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