Auto Supremo AS/0128/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2015-RRC-L

Fecha: 09-Mar-2015

En lo que atañe a la eventual existencia del defecto de Sentencia previsto en el


En lo que atañe a la eventual existencia del defecto de Sentencia previsto en el inc. 5) del art. 370 del CPP, en sentido de que se omitieron describir y valorar los elementos de prueba que relacionarían a la actual imputada apelante con una organización criminal; lo que implicaría una fundamentación insuficiente de la Sentencia, la apelante simplemente se limitó a señalar de manera genérica ese hipotético aspecto, sin señalar concretamente qué pruebas no habrían sido descritas o valoradas por el Tribunal de Sentencia inferior, omisión ésta que no puede ser subsanada ni suplida de oficio por este Tribunal de Apelación, por lo que, su impugnación tampoco tiene mérito