Auto Supremo AS/0128/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2015-RRC-L

Fecha: 09-Mar-2015

Con relación, a la participación de los esposos JUAN YONIS CAMPOS JUSTINIANO Y PAOLA ALEJANDRA


Con relación, a la participación de los esposos JUAN YONIS CAMPOS JUSTINIANO Y PAOLA ALEJANDRA OLIVARES VERGARA, el Tribunal declara que no se ha demostrado que ambos imputados tuvieron conocimiento respecto de la actividad ilícita en la que se encontraba Alex Ramiro Pereira Blacutt, único imputado con quién tuvieron algún trato. Támpoco se demostró que esa relación hubiera tenido como motivo la realización del tráfico de drogas. Que la circunstancia de que las facturas pagadas por concepto de Hospedaje de las noruegas en el Hotel César´s Plaza, data del 2007 como del 2008 y hubieran sido emitidas a nombre de Juan Yonis Campos Justiniano, resuelta absolutamente ineficaz para sostener una vinculación con los delitos acusados. Tampoco fue demostrado con eficacia e idoneidad que éste imputado tuvo comunicación telefónica con el celular de propiedad de Nicol Aurdahl