Auto Supremo AS/0128/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2015-RRC-L

Fecha: 09-Mar-2015

Con relación a la participación de AMANDA VERÓNICA PARADA FRANCO Y FANNY FRANCO VIRUEZ, resulta


Con relación a la participación de AMANDA VERÓNICA PARADA FRANCO Y FANNY FRANCO VIRUEZ, resulta probado, que la participación de ambas en los hechos ilícitos es dudosa como así resulta también la existencia del conocimiento acerca de la actividad ilícita en la que estaba involucrado Alex Ramiro Pereira Blacutt concubino de la primera y yerno de la segunda; por otro lado no se demostró idónea y suficientemente que AMADA PARADA FRANCO sabía de esta actividad y sabiéndolo llevo de paseo y compras a las ciudadanas noruegas. Tampoco se demostró que ella hubiera realizado depósitos retiros de dinero proveniente de Noruega con destino a ésta actividad. De la misma forma tampoco se demostró que FANNY FRANCO VIRUEZ tenía conocimiento de la actividad ilícita y consintió a sabiendas de esto, en recoger dineros dé Noruega para este fin