DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 150. Procedimiento de reforma de la Carta Orgánica total o parcial

La reforma total o parcial de la Carta Orgánica Municipal,  procederá previa consulta al pueblo y a través de referéndum. Para tal efecto se requiere la aprobación de dos tercios del total de los miembros del Concejo Municipal. Se sujetará al control de constitucionalidad a cargo del Tribunal Constitucional Plurinacional y será sometida a referéndum para su aprobación.