DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015

Fecha: 16-Ene-2015

‘ECONÓMICO PRODUCTIVO TRANSPARENTE, CON IGUALDAD SOCIAL, EQUIDAD DE GÉNERO, RESPETO A SU HISTORIA, CULTURA Y MEDIO AMBIENTE PARA VIVIR BIEN’

La Carta Orgánico Municipal de Ravelo es resultado del proceso participativo de las y los ciudadanos del municipio, quienes a través de las y los asambleístas elegidos según procedimientos propios de sus organizaciones sociales y funcionales, plasmaron sus opiniones, sugerencias y posición respecto a la identidad y unidad del municipio, respeto y subordinación a la Constitución Política del Estado, elección  de sus autoridades, la administración de sus recursos económicos, el ejercicio de sus facultades legislativas, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva y la participación social bajo la visión de desarrollo del municipio definido como ‘ECONÓMICO PRODUCTIVO TRANSPARENTE, CON IGUALDAD SOCIAL, EQUIDAD DE GÉNERO, RESPETO A SU HISTORIA, CULTURA Y MEDIO AMBIENTE PARA VIVIR BIEN’

Su identidad cultural, expresado claramente en la Carta Orgánica Municipal deriva de los Jalq’as y Llameros y pese a las embestidas de los españoles durante la colonia, sus manifestaciones, sus vestimentas, su idioma y su respeto a la Pacha mama, no han sido vulnerados, asimismo su historia da cuenta de ser la cuna de los mártires de la independencia, en su territorio nació don Manuel Ascencio Padilla, esposo de la valerosa doña Juana Azurduy de Padilla, cuyas proezas heroicas constituyeron a la independencia de la república de Bolivia.

El territorio de Ravelo es reconocido por su potencial agropecuario, es proveedora de alimentos entre tubérculos, granos y otros para la ciudad de Sucre, los centros mineros cercanos y otros poblaciones importantes, la papa principalmente cultivo de la región, es orgullo local y su referencia ha trascendido hasta el ámbito nacional, las características de sus recursos naturales principalmente suelo y agua son excepcionales aspecto que es menormente favorable para sus expectativas de sus desarrollo autonómico.

Fruto de este nuevo desafío de desarrollo es que los principios reguladores de convivencia, de respeto a la dignidad de las personas sin ningún tipo de distinción, de complementariedad, de reciprocidad, de participación y control social, de transparencia en la administración pública establecidos en la Carta Orgánica Municipal son los que regularan el ejercicio de las competencias municipales para el desarrollo integral mejorando la calidad de vida, respetando la madre tierra y el medio ambiente y protegiendo su patrimonio histórico cultural.

La Carta Orgánico Municipal de Ravelo es resultado del proceso participativo de las y los ciudadanos del municipio, quienes a través de las y los asambleístas elegidos según procedimientos propios de sus organizaciones sociales y funcionales, plasmaron sus opiniones, sugerencias y posición respecto a la identidad y unidad del municipio, respeto y subordinación a la Constitución Política del Estado, elección de sus autoridades, la administración de sus recursos económicos, el ejercicio de sus facultades legislativas, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva y la participación social bajo la visión de desarrollo del municipio definido como ‘ECONÓMICO PRODUCTIVO TRANSPARENTE, CON IGUALDAD SOCIAL, EQUIDAD DE GÉNERO, RESPETO A SU HISTORIA, CULTURA Y MEDIO AMBIENTE PARA VIVIR BIEN’

Su identidad cultural, expresado claramente en la Carta Orgánica Municipal deriva de los Jalq’as y Llameros y pese a las embestidas de los españoles durante la colonia, sus manifestaciones, sus vestimentas, su idioma y su respeto a la Pacha mama, no han sido vulnerados, asimismo su historia da cuenta de ser la cuna de los mártires de la independencia, en su territorio nació don Manuel Ascencio Padilla, esposo de la valerosa doña Juana Azurduy de Padilla, cuyas proezas heroicas constituyeron a la independencia de la república de Bolivia.

El territorio de Ravelo es reconocido por su potencial agropecuario, es proveedora de alimentos entre tubérculos, granos y otros para la ciudad de Sucre, los centros mineros cercanos y otros poblaciones importantes, la papa principalmente cultivo de la región, es orgullo local y su referencia ha trascendido hasta el ámbito nacional, las características de sus recursos naturales principalmente suelo y agua son excepcionales aspecto que es menormente favorable para sus expectativas de sus desarrollo autonómico.

Fruto de este nuevo desafío de desarrollo es que los principios reguladores de convivencia, de respeto a la dignidad de las personas sin ningún tipo de distinción, de complementariedad, de reciprocidad, de participación y control social, de transparencia en la administración publica establecidos en la Carta Orgánica Municipal son los que regularan el ejercicio de las competencias municipales para el desarrollo integral mejorando la calidad de vida, respetando la madre tierra y el medio ambiente y protegiendo su patrimonio histórico cultural” (las negrillas corresponden al texto original).

Atendiendo al carácter plural de la sociedad boliviana, el Preámbulo de una carta orgánica, debe reflejar la realidad sociocultural del municipio, de ahí que de acuerdo al art. 275 de la CPE, dicho instrumento normativo debe ser elaborado de manera participativa, en función al contexto sociocultural de los habitantes y comunidades de cada municipio, sobre la base de los principios, valores y fines plasmados en la Norma Suprema.

El texto del Preámbulo, hace referencia a que el mismo es el resultado del proceso participativo de los ciudadanos, de las organizaciones sociales y funcionales de dicho Municipio, resaltando su identidad cultural derivada de los Jalq’as y Llameros, enfatizando que la visión de desarrollo del municipio de Ravelo, se define como: “ECONÓMICO PRODUCTIVO TRANSPARENTE, CON IGUALDAD SOCIAL, EQUIDAD DE GÉNERO, RESPETO A SU HISTORIA, CULTURA Y MEDIO AMBIENTE PARA VIVIR BIEN”, lo antes mencionado evidencia que el Preámbulo de la Carta Orgánica en análisis, refleja la realidad sociocultural del municipio de Ravelo, derivada de su identidad cultural; proyecta su visión de desarrollo basado en los principios de respeto a la dignidad de las personas, complementariedad, reciprocidad, entre otros; y, que fue elaborada de manera participativa; estos aspectos hacen evidente que el Preámbulo no se contrapone a lo establecido en los arts. 270 y 275 de la CPE, por lo que corresponde declarar su compatibilidad con la Ley Fundamental.