DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015

Fecha: 16-Ene-2015

atribuciones

El presente parágrafo, no guarda relación directa entre su contenido y el nomen iuris, por cuanto el primero consigna las atribuciones del Concejo Municipal con relación a las facultades de aprobar leyes, ordenanzas municipales y otras, en cambio que el segundo refiere al procedimiento legislativo -que se entiende deben seguir las normas municipales que corresponda-, la incongruencia que se advierte, denota la certeza de certeza del contenido de la aplicación y contenido de la norma que se analiza, deviniendo en la vulneración del principio de seguridad jurídica, toda vez que no es admisible que se consignen facultades de un órgano municipal, en un artículo destinado al procedimiento legislativo.