DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015

Fecha: 16-Ene-2015

instrucciones

El art. 12.I de la CPE, establece el principio de separación de órganos de poder, entendimiento refrendado por el art. 12.II de la LMAD, lo que significa que en el ámbito municipal que entre el Concejo y el Alcalde Municipal no existe jerarquización alguna; ahora bien, el estatuyente municipal de Ravelo, en el numeral que se analiza, inserta como obligación del Alcalde, el hacer cumplir las instrucciones emitidas por el Concejo Municipal, aspecto que no es admisible constitucionalmente, por cuanto implica subordinar a dicha autoridad edil al cumplimiento de las órdenes a ser emitidas por el Legislativo Municipal, quebrantando el principio de separación de poderes.