DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 98. Materias o competencias adoptadas por la Carta Orgánica

Se podrá adoptar materias o competencias que serán definidas en una ley especial que será aprobada por dos tercios por el ente deliberante del Gobierno Autónomo Municipal y será de inmediata aplicación  como competencia siempre que no contravenga a la Constitución Política del Estado Plurinacional y a la Carta Orgánica Municipal.

“Se podrá adoptar materias o competencias que serán definidas en una ley especial que será aprobada por dos tercios por el ente deliberante del Gobierno Autónomo Municipal y será de inmediata aplicación como competencia siempre que no contravenga a la Constitución Política del Estado Plurinacional y a la Carta Orgánica Municipal”.