DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 72. Principios de la asignación competencial, gradualidad y progresividad

En estricta sujeción a Ley Marco de Autonomías y Descentralización el Servicio Estatal de Autonomías en coordinación con las instancias del nivel central del Estado, apoyará el ejercicio gradual y progresivo de las nuevas competencias del Gobierno Autónomo Municipal de Ravelo, para lo cual podrá diseñar y llevar adelante los programas de asistencia técnica u otros mecanismos que vieran por conveniente.

“En estricta sujeción a Ley Marco de Autonomías y Descentralización el Servicio Estatal de Autonomías en coordinación con las instancias del nivel central del Estado, apoyará el ejercicio gradual y progresivo de las nuevas competencias del Gobierno Autónomo Municipal de Ravelo, para lo cual podrá diseñar y llevar adelante los programas de asistencia técnica u otros mecanismos que vieran por conveniente”.

Esta disposición basa su redacción en lo dispuesto en el art. 67 de la LMAD, que dispone: “(GRADUALIDAD EN EL EJERCICIO DE COMPETENCIAS). I. El Servicio Estatal de Autonomías, en coordinación con las instancias del nivel central del Estado que correspondan y las entidades territoriales autónomas, apoyará el ejercicio gradual de las nuevas competencias de estas últimas, para lo cual podrá diseñar y llevar adelante programas de asistencia técnica”.