DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016

Fecha: 11-Abr-2016

ARTÍCULO 129. POLÍTICAS DE SERVICIOS BÁSICOS.-

1.    Elaborar y ejecutar políticas, planes, programas y proyectos,  para el mantenimiento, ampliación y construcción, uso, manejo y disposición de los sistemas de agua potable, alcantarillado, electricidad, telecomunicaciones, nuevas tecnologías de la información y comunicación, postal, gas domiciliario, tratamiento de aguas residuales y desechos, evitando focos de infección y contaminación  medio ambiental; en forma concurrente y compartida con otros niveles del Estado.

4.      Priorizar recursos económicos y administrativos para el acceso de las personas de forma pronta, oportuna y en igualdad de condiciones a los servicios de: agua potable, alcantarillado, aseo urbano, alumbrado público, recojo de basura, gas domiciliario, telecomunicaciones y otros servicios básicos.  

1.   Elaborar y ejecutar políticas, planes, programas y proyectos,  para el mantenimiento, ampliación y construcción, uso, manejo y disposición de los sistemas de agua potable, alcantarillado, electricidad, telecomunicaciones, nuevas tecnologías de la información y comunicación, postal, gas domiciliario, tratamiento de aguas residuales y desechos, evitando focos de infección y contaminación  medio ambiental; en forma concurrente y compartida con otros niveles del Estado.