DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016

Fecha: 11-Abr-2016

concordancia con la planificación departamental y nacional

Asimismo, debe considerarse que la Norma Suprema en su art. 302.I.42, establece como competencia exclusiva del Gobierno Autónomo Municipal: “Planificación del desarrollo municipal en concordancia con la planificación departamental y nacional” (las negrilla han sido agregadas). Determinándose que éste es otro factor que deberá ser tomado en cuenta por el estatuyente, con relación al numeral 11 y en lo referido al “desarrollo municipal” a momento de la adecuación.