DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016

Fecha: 11-Abr-2016

quienes serán parte del concejo en su condición de

La previsión constitucional transcrita es aplicable, máxime si se considera que el art. 24 analizado prevé la “composición” del Concejo Municipal de Ixiamas y establece el número de concejales, por lo que se hace necesario que la regulación incluya a las NPIOC, quienes serán parte del concejo en su condición de concejales y concejalas”, conforme el art. 284.I de la CPE, lo contrario implicaría asumir un criterio discriminatorio y vulneratorio del  art. 14.II de la CPE.