DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016

Fecha: 11-Abr-2016

ARTÍCULO 84. MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS.-

ARTÍCULO 84. MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS.- Se realizará la firma de convenios de mancomunidades conforme a ley, respetando nuestra riqueza natural mediante los  usos y costumbres,  mediante una consulta consensuada entre representantes  y/o autoridades que buscarán la eficiencia e impacto en la ejecución de las acciones e inversiones que de manera concurrente ejecute planes y proyectos en el marco del convenio mancomunitario.