DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016

Fecha: 11-Abr-2016

ix)

De este catálogo competencial, cabe advertir que la Norma Suprema no establece competencias para las autonomías regionales pues de conformidad con lo previsto en el art. 280 de la CPE: ‘Sus competencias deben ser conferidas por dos tercios de votos del total de los miembros del órgano deliberativo departamental’.