DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Con relación al numeral 3

Sobre el tema, tómese en cuenta que la “participación y control social” se encuentra regulada en el art. 241 de la CPE, y considera a la “sociedad civil organizada” como protagonista del ejercicio efectivo de aquel derecho a “controlar y supervisar” la gestión pública desplegada por una determinada ETA o por el propio nivel central del Estado en sus diversas instancias e instituciones públicas. Esa sociedad civil organizada, que podrá enmarcarse en cuales quiera de los tipos de actores previstos por la Ley Participación y Control Social.