DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2016

Fecha: 11-Abr-2016

jurisdicción y competencias y atribuciones.

Por tanto, el proyecto de Carta Orgánica Municipal analizado no podrá “reconocer” bajo ningún punto de vista a asociación alguna que cumpla sus funciones dentro del departamento de La Paz (máxime en tratándose de una instancia a la cual se encuentra afiliada el gobierno Autónomo Municipaql de Ixiamas, como es su Asociación Municipal la cual aglutina a los municipios del departamento de La Paz por lo que no se requeriría de ningún reconocimiento).

Bajo los mismos argumentos de regulación extra competencial, también se advierte la existencia de otro cargo de incompatibilidad con relación a los incs. a), b), c), d) y e), insertos en la norma analizada, los cuales disponen una serie de atribuciones otorgadas a la “Asociación de Municipios de La Paz”, aspectos que la ETA municipal no puede regular.