DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015

Fecha: 30-Sep-2015

“Artículo 121. (Relaciones Interinstitucionales e Internacionales).

III. El Municipio debe fortalecer los espacios y mecanismos de interacción, planificación, para intercambiar ideas y lograr consensos para una planificación conjunta, evitar duplicar esfuerzos y lograr plasmar en realidad la visión del municipio, encarando las necesidades y problemas. Mediante el cual los tres niveles de gobierno (Nacional, Departamental y Municipal), deben establecer mecanismos de coordinación y cooperación mutua en el marco de las competencias que hayan asumido, que permite encarar la implementación de las competencias compartidas, para lograr un óptimo funcionamiento e interconexión entre los distintos órganos del Estado”.

III.  El Municipio debe fortalecer los espacios y mecanismos de interacción, planificación, para intercambiar ideas y lograr consensos para una planificación conjunta, evitar duplicar esfuerzos y lograr plasmar en realidad la visión del municipio, encarando las necesidades y problemas. Mediante el cual los tres niveles de gobierno (Nacional, Departamental y Municipal), deben establecer mecanismos de coordinación y cooperación mutua en el marco de las competencias que hayan asumido, que permite encarar la implementación de las competencias compartidas, para lograr un óptimo funcionamiento e interconexión entre los distintos órganos del Estado.