DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015

Fecha: 30-Sep-2015

cargo o puesto público destinado al manejo administrativo y financiero del Concejo Municipal, desempeña un papel fundamental que propende

Sobre una similar disposición normativa, en la DCP 0091/2014 de 19 de diciembre, se estableció el siguiente criterio:“…sin embargo, deberá considerarse que en el proceso de consolidación de la separación administrativa de órganos, el cargo o puesto público destinado al manejo administrativo y financiero del Concejo Municipal, desempeña un papel fundamental que propende a garantizar el pleno ejercicio de las facultades constitucionales conferidas al órgano legislativo municipal, cuya implementación puede realizarse asignando una denominación más adecuada a las funciones a desempeñar…” (las negrillas son nuestras).

De marco jurisprudencia antes citado, se hace evidente que en el actual modelo de Estado con autonomías, es inapropiado que en un gobierno autónomo municipal, existan dos cargos con la denominación de “Máxima Autoridad Ejecutiva”, para hacer referencia, por una parte al alcalde municipal, y por otra al responsable del sistema administrativo financiero del concejo municipal, porque dicho aspecto implicaría la presencia de dos máximas autoridades ejecutivas; sin embargo, cabe puntualizar que el cargo de incompatibilidad advertido, no está relacionado al desempeño de las funciones del cargo, si no a la denominación.