DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015

Fecha: 30-Sep-2015

requisitos para ser candidato

De lo señalado precedentemente, se puede colegir que al cumplir los dieciocho años de edad, una persona se adquiere la mayoría de edad y la ciudadanía, aspectos que posibilitan el acceso y  ejercicio de una función pública; ahora bien, analizando el contenido dispositivo del art. 46 del proyecto en revisión, se advierte que el estatuyente municipal, pretende regular los requisitos para ser candidato a los cargos electivos de alcalde y concejal municipal; sin embargo, al realizar una transcripción íntegra del art. 234 de la CPE, manteniendo el numeral 2 de dicho artículo, genera una incongruencia interna, con los numerales 8 y 9 del propio     art. 46, que conlleva a una inseguridad jurídica; por cuanto, se entendería que en virtud del numeral 2, bastaría “ser mayor de edad” para ser candidato a alcalde y concejal municipal, sentido normativo que resulta contrario a los arts. 285.I.2 y 287.I.2 de la CPE, que prevén regulaciones distintas para cada caso en particular.