DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015

Fecha: 30-Sep-2015

evitando la repetición innecesaria

En ese marco, se entiende que el estatuyente municipal a momento de elaborar su norma institucional básica debe velar por que sus disposiciones normativas se encuentren adecuadamente formuladas, evitando la repetición innecesaria de las mismas, para garantizar la eficacia de la aplicación de la norma; no obstante de ello y como ya se tiene referido, el parágrafo II del artículo en estudio, tiene similar contenido normativo que el parágrafo II del art. 22; por lo que, en resguardo del principio de seguridad jurídica inserto en el art. 9.2 de la CPE, corresponde declarar la incompatibilidad del primero.