DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015

Fecha: 30-Sep-2015

para investigar, procesar y sancionar

Sobre dicha regulación, es pertinente señalar que el art. 108.8 de la CPE, determina como uno de los deberes de todas y todos los bolivianos “Denunciar y combatir todos los actos de corrupción”; asimismo, el        art. 123 de la citada Norma Suprema, estableció que: “La ley sólo dispone para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo, excepto (…) en materia de corrupción, para investigar, procesar y sancionar los delitos cometidos por servidores públicos contra los intereses del Estado; y en el resto de los casos señalados por la Constitución” (las negrillas son nuestras).

Sobre dicha regulación, es pertinente señalar que el art. 108.8 de la CPE, determina como uno de los deberes de todas y todos los bolivianos “Denunciar y combatir todos los actos de corrupción”; asimismo, el       art. 123 de la citada Norma Suprema, estableció que: “La ley sólo dispone para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo, excepto (…) en materia de corrupción, para investigar, procesar y sancionar los delitos cometidos por servidores públicos contra los intereses del Estado; y en el resto de los casos señalados por la Constitución” (las negrillas son nuestras).