DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015

Fecha: 30-Sep-2015

“Artículo 122. (De la Participación y control social).

I.   La Carta Orgánica Municipal de Copacabana garantiza el ejercicio del control social sin discriminación de orden social, económico, político u otros, generando espacios de participación. Se lo ejercerá a través de la sociedad civil organizada; Entendiéndose como sociedad civil organizada a todas las organizaciones sociales y funcionales

I.      La Carta Orgánica Municipal de Copacabana garantiza el ejercicio del control social sin discriminación de orden social, económico, político u otros,            generando espacios de participación. Se lo ejercerá a través de la sociedad                                                                civil organizada; Entendiéndose como sociedad civil organizada a todas las organizaciones sociales y funcionales.

II.    El pueblo soberano del Municipio de Copacabana, por medio de la sociedad civil organizada, participará en el diseño de las políticas públicas, ejercerá el control social a la gestión en todos los niveles del Gobierno Municipal, a las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales, así como a la calidad de los servicios públicos municipales.