DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015

Fecha: 30-Sep-2015

conforme a procedimiento establecido por ley

El art. 302.I.22 de la CPE, dispone que es competencia exclusiva de los gobiernos autónomos municipales la expropiación de bienes inmuebles en su jurisdicción conforme a procedimiento establecido por ley; ahora bien, queda claro que la acción de expropiar se encuentra sujeta al cumplimiento del procedimiento establecido por ley, que en el caso de las ETA municipales, se entiende que la misma será una ley municipal, ello atendiendo a que el gobierno autónomo municipal tiene titularidad respecto a la facultad legislativa; en ese marco, se tiene presente, que la ley municipal a ser emitida regulará el procedimiento para la calificación de necesidad y utilidad pública para proceder a la expropiación de un bien inmueble dentro de su jurisdicción.