DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015

Fecha: 30-Sep-2015

“Artículo 25. (Facultades del Concejo Municipal).

II.    Facultad Fiscalizadora: El Concejo Municipal ejerce la capacidad de fiscalizar al Órgano Ejecutivo, mediante la verificación, evaluación técnica y análisis legal del cumplimiento de los planes, programas, proyectos y presupuesto municipal, así como el uso correcto de los recursos municipales en los fines y objetivos previstos en la planificación participativa y el presupuesto municipal. Mediante ley municipal se regulara el procedimiento de fiscalización.

 II.   Facultad Fiscalizadora: El Concejo Municipal ejerce la capacidad de fiscalizar al Órgano Ejecutivo, mediante la verificación, evaluación técnica y análisis legal del cumplimiento de los planes, programas, proyectos y presupuesto municipal, así como el uso correcto de los recursos municipales en los fines y objetivos previstos en la planificación participativa y el presupuesto municipal. Mediante ley municipal se regulara el procedimiento de fiscalización.