DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015

Fecha: 30-Sep-2015

Artículo 62. (Alumbrado Público).

I.      El Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana proveerá el servicio de alumbrado público a la población, a objeto de proporcionar seguridad ciudadana, con la iluminación de las calles, avenidas, parques, plazas, jardines, campos deportivos, unidades educativas, sedes sociales y otros de bienes municipales del Área rural y urbana del municipio.