DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016

Fecha: 18-Ago-2016

ARTÍCULO 130.- Acceso y uso del agua.

I.      El gobierno Autónomo Municipal de San Andrés de Machaca en coordinación con otras entidades públicas o privadas, ejecutará políticas, planes, programas y proyectos; que garantice el acceso y uso sostenible y racional del agua, tanto en el consumo humano, agropecuario, riego y micro riego para el bien común.

I.    El gobierno Autónomo Municipal de San Andrés de Machaca en coordinación con otras entidades públicas o privadas, ejecutará políticas, planes, programas y proyectos; que garantice el acceso y uso sostenible y racional del agua, tanto en el consumo humano, agropecuario, riego y micro riego para el bien común.