DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016

Fecha: 18-Ago-2016

ARTÍCULO 44.- Designación.

Para ser designada o designado Secretaria o Secretario Municipal se requiere cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público; además, tener cumplidos veinticinco (25) años al día del nombramiento; acreditar residencia en el municipio de cuatro (4) años anteriores al día de su designación, no formar parte del Concejo Municipal; no ser directivo, accionista ni socio de entidades financieras o empresas que mantengan relación contractual o que enfrenten intereses opuestos con el Municipio; no ser cónyuge ni pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con la Alcaldesa o Alcalde Municipal y Concejales o Concejalas.

Para ser designada o designado Secretaria o Secretario Municipal se requiere cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público; además, tener cumplidos veinticinco (25) años al día del nombramiento; acreditar residencia en el municipio de cuatro (4) años anteriores al día de su designación, no formar parte del Concejo Municipal; no ser directivo, accionista ni socio de entidades financieras o empresas que mantengan relación contractual o que enfrenten intereses opuestos con el Municipio; no ser cónyuge ni pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con la Alcaldesa o Alcalde Municipal y Concejales o Concejalas”.