DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016

Fecha: 18-Ago-2016

ARTÍCULO 78.- Rendición pública de cuentas.

Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual o colectiva, podrán solicitar rendición de cuentas a las instituciones públicas o privadas que presten servicios públicos municipales, manejen recursos públicos o desarrollen actividades de interés público dentro de la jurisdicción territorial del Municipio de San Andrés de Machaca, siempre que tal rendición de cuentas no esté contemplada mediante otro procedimiento en la Constitución Política del Estado Plurinacional y las leyes vigentes.