DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016

Fecha: 18-Ago-2016

ARTÍCULO 19.- Obligatoriedad y responsabilidad.

I.      Todas las competencias exclusivas asignadas por la Constitución Política del Estado Plurinacional, las leyes y aquellas facultades reglamentarias y ejecutivas que les sean transferidas o delegadas por ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional serán asumidas obligatoriamente por el Gobierno Autónomo Municipal de San Andrés de Machaca, al igual que aquellas exclusivas del nivel central del Estado que le corresponda en función de su carácter compartido o concurrente, sujetas a la normativa en vigencia.

II.    Las competencias exclusivas, concurrentes y compartidas establecidas en la Constitución Política del Estado Plurinacional o aquellas trasferidas o delegadas serán ejercidas bajo responsabilidad directa de las autoridades municipales, debiendo sujetarse a los sistemas de gestión pública, control gubernamental establecido en la ley, así como al control jurisdiccional.

I.    Todas las competencias exclusivas asignadas por la Constitución Política del Estado Plurinacional, las leyes y aquellas facultades reglamentarias y ejecutivas que les sean transferidas o delegadas por ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional serán asumidas obligatoriamente por el Gobierno Autónomo Municipal de San Andrés de Machaca, al igual que aquellas exclusivas del nivel central del Estado que le corresponda en función de su carácter compartido o concurrente, sujetas a la normativa en vigencia.