DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016

Fecha: 18-Ago-2016

podrá imponer la sanción de multa hasta un veinte por ciento de la remuneración mensual; suspensión hasta un máximo de treinta días o destitución del cargo;

En función a ello, el art. 29 de la Ley 1178, establece que la autoridad o tribunal sumariante, podrá imponer la sanción de multa hasta un veinte por ciento de la remuneración mensual; suspensión hasta un máximo de treinta días o destitución del cargo; sanciones que difieren notablemente de las previstas en el parágrafo II del art. 49 del proyecto de norma básica institucional; afectando de ese modo el ejercicio competencial, ya que se pretende establecer una disposición distinta a la prevista en la legislación nacional y vigente que regula la materia.