DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016

Fecha: 18-Ago-2016

ARTÍCULO 41.- Atribuciones de la Alcaldesa o Alcalde Municipal.

28)    Sancionar a las personas individuales y colectivas, públicas o privadas que infrinjan las disposiciones de preservación del Patrimonio Municipal, dominio y propiedad pública; uso común; normas sanitarias básicas; de uso del suelo, medio ambiente, protección a la flora y fauna silvestre en extinción; animales domésticos; elaboración, transporte y venta de productos alimenticios para consumo humano y animal y otros emergentes de la competencia municipal de acuerdo a normativa interna. Debiendo en su caso remitir cada caso ante la autoridad correspondiente para su procesamiento;

35)    Ejecutar las políticas públicas, planes, programas y proyectos de educación, salud, saneamiento básico, vivienda, deporte, niñez, mujer, tercera edad, personas con discapacidad, ambientales para la reducción de riesgos y adaptación al cambio climático, en coordinación con las otras entidades autonómicas;