DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016

Fecha: 18-Ago-2016

ARTÍCULO 138.- Economía Plural Municipal.

I.      El Gobierno Autónomo Municipal promueve, incentiva y potencia la diversidad productiva y competitiva del Municipio; que se fundamenta en la actividad económica privada, pública, mixta, social, cooperativa y comunitaria; en los rubros agropecuario, comercial, de servicios, manufacturero, artesanal, industrial y turístico.

II.    El Gobierno Autónomo Municipal promueve el fortalecimiento y la consolidación de las vocaciones económicas y productivas potenciales para el desarrollo de emprendimientos socioeconómicos por actores económicos y productivos del Municipio y garantiza el ejercicio pleno de los derechos económicos de la población.

III.  El Gobierno Autónomo Municipal adopta las medidas necesarias para la dotación de infraestructura, vinculación vial, servicios y demás condiciones necesarias para el emprendimiento de actividades socioeconómicas en el Municipio. En acuerdo y concertación con los actores del desarrollo productivo, se formulan y ejecutan estrategias de promoción de inversiones públicas, privadas y mixtas en el ámbito urbano y rural.