DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016

Fecha: 18-Ago-2016

ARTÍCULO 92.- Desarrollo urbano integral.

III.  Todo proceso de urbanización debe someterse al Plan de Ordenamiento Territorial y de Uso del Suelo, planes sectoriales, especiales y reglamentos urbanos, debiendo prever áreas destinados a la implementación de espacios forestales, infraestructuras públicas, servicios básicos y otros establecidos en el reglamento de urbanizaciones.