DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Articulo.109.- (Transferencia y recepción de recursos por ajuste competencial)

       II.   Se transferirá recursos públicos en efectivo o en especie, a organizaciones económicas productivas y organizaciones territoriales, con el objeto de estimular la actividad productiva y generación de proyectos de desarrollo, seguridad alimentaria, reconversión productiva y salud, en el marco del Plan General de Desarrollo, Plan Departamental de Desarrollo; el uso y destino de estos recursos será autorizado mediante norma del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo.

II. Se transferirá recursos públicos en efectivo o en especie, a organizaciones económicas productivas y organizaciones territoriales, con el objeto de estimular la actividad productiva y generación de proyectos de desarrollo, seguridad alimentaria, reconversión productiva y salud, en el marco del Plan General de Desarrollo, Plan Departamental de Desarrollo; el uso y destino de estos recursos será autorizado mediante norma del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo”.