DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Sobre el numeral 28

En conexitud con el entendimiento asumido con respecto al numeral 25 del art. 15 del proyecto de Carta Orgánica de Bermejo sometido a control de constitucionalidad, corresponde declarar la incompatibilidad de este numeral, toda vez que “…no es constitucionalmente admisible que el alcalde aplique un reglamento aprobado por el legislativo municipal excediendo la capacidad reglamentaria que le asiste (estrictamente limitada a los asuntos de gestión interna). En todo caso, esta previsión será constitucional si es que dicha norma es aprobada mediante una ley municipal” (DCP 0003/2014 de 10 de enero).