DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Articulo.58.- (Defensor del Ciudadano)

                 I.        Se crea la oficina del Defensor del Ciudadano o Ciudadana, misma que atenderá,, todos los reclamos y peticiones de resguardo jurídico de los derechos reconocidos por esta Carta Orgánica y en defensa del cumplimiento a cabalidad de las competencias reconocidas en la constitución política del estado para este municipio; sus atribuciones son:

I.  Se crea la oficina del Defensor del Ciudadano o Ciudadana, misma que atenderá, todos los reclamos y peticiones de resguardo jurídico de los derechos reconocidos por esta Carta Orgánica y en defensa del cumplimiento a cabalidad de las competencias reconocidas en la constitución política del estado para este municipio; sus atribuciones son: