DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Sobre el numeral 1

En cuanto al precepto sometido a control de constitucionalidad, corresponde señalar que si bien resulta pertinente que a momento de las deliberaciones del Concejo Municipal, sus integrantes procuren fundamentar sus posiciones o propuestas, esto de ninguna manera debe entenderse como una limitación o restricción al derecho de participación consagrado en la Norma Suprema; en cuyo entendido, la falta de fundamentación en ejercicio de la facultad deliberativa del órgano legislativo municipal no debe entenderse como una causal de restricción del derecho de participación de los concejales municipales, bajo cuya interpretación se entenderá la compatibilidad del precepto analizado.