DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

1)

Por su parte, las facultades normativas del Órgano Ejecutivo municipal, las que evidentemente se limitan al ámbito de lo estrictamente reglamentario, pero dentro del cual se identifican importantes matices y que se materializan en: 1) Una capacidad reglamentaria de carácter general, es decir, que deviene en reglamentos de observancia obligatoria para todos los estantes y habitantes del territorio municipal, emitidas con la finalidad esencial de viabilizar el cumplimiento de las leyes municipales; y, 2) Una capacidad reglamentaria de carácter interno, es decir, a viabilizar el ejercicio de sus atribuciones y competencias propias del órgano. Por ejemplo, la aprobación de un Reglamento de Viáticos para los funcionarios del Ejecutivo…” 

1°  Declarar la INCOMPATIBILIDAD del preámbulo en su frase:” y control social”; y los arts. 1 en la frase: “y constitucional”;7.II en el término: “oficiales”; 8.I. en la frase: ”la Carta Orgánica”, II en la frase:” y la presente carta orgánica”;9.II en la frase: “y la presente Carta Orgánica”; 13.I en la frase:” conforme con las leyes municipales que reglamenten su ejercicio”; 14 apartados j, k y l en el término: “oficiales”;15.II; 16.I; 18.II y III; 24; 25 en el término: “ordenanzas”; 26.I.a numerales. 7),  11), 12), 14); 26.I.b numeral 2 en el término “ordenanzas”, numeral 4 y 6; 28; 30.II.c; 35.I.b; 37.III; 38.IyV; 40.III en el término: “ordenanzas” y la frase: “todas las demás normas municipales entrarán en vigencia a partir de su notificación respectiva”; 43.b) en el término “municipales”; 44.I.a numeral 6 en el término: “ordenanzas” y numeral 10; 44.I.b en el numeral 3 en el término: “ordenanzas”, 5 en la frase:” u ordenanza”, 10, 13 y 14 en la frase: “por sí mismo o con la cooperación de autoridades nacionales, departamentales y reguladoras”; 44.I.c numeral 3); 44.I.d en el numeral 3 en la frase: “debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal”; 45; 49.c; 50.I; 51; 52.I y II; 53; 54 en la frase: “siempre y cuando la falta no amerite perdida de mandato” 56; 57.I; 58; 59.I y II; 60.d; 61; 62.I y II en la frase: “y provisorios”; 66.II, III, y IV; 67; 69.II y III; 70; 71; 72; 74.II; 79.I en la frase: “además de: a) Tener treinta (30) años de edad cumplidos a la fecha de su designación; b)Tener domicilio y/o residencia en el municipio  de Colcapirhua durante los últimos dos (2) años al momento de su designación; y c) Reconocida trayectoria en la difusión  y defensa de los derechos humanos”; 83.I en la frase: “además de: a) Tener veinte y cinco (25) años de edad cumplidos al momento de su designación ;b)Tener residencia en el municipio de Colcapirhua; c) Tener dos (2) años de experiencia en el ejercicio de la abogacía o como funcionario del poder judicial”; 87.III en la frase:” además de: a) Tener treinta (30) años de edad cumplidos al momento de su designación; b)No tener militancia política-partidaria; debidamente certificado; c)Tener residencia de dos (2)años como mínimo en el municipio de Colcapirhua al momento de su designación; d) Tener experiencia profesional en administración pública de cinco (5) años”; 88.III y IV; 89; 90; 91; 92; 93.II; 94; 96.I en la frase: “y la obligación” y III; 97; 98.I en la frase: “así como el funcionamiento del Comité Municipal de Participación  y Control Social” y III en la frase: “así como el Comité Municipal de Participación y Control Social”; 101.II; Capitulo IV en la frase “Espacios de” de su epígrafe; Sección II en la frase: “COMITÉ MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL” de su epígrafe y arts. 106 al 110; 117 en el término: “ordenanzas”; 118.III; 129.IV en el término: “judiciales o”; 134 en el termino: “constitución”; 139; 140; 141; 142; 145.I.f y III; 155.II; 157; 158.III en la frase: “grupo étnico”; 162 inc. a);166.I, II, III, IV y V; 167.III en la frase:” compartida y”; 168; 169.I, II, III y IV; 170.I y II; 171.d en la frase: “y garantizar”; 176.I.e;  180.II.a; 183.I; 184.II; 188.II y VI en la frase: “y las instituciones públicas o privadas”; 192.I en la frase: “los ríos, riachuelos y” y II en la frase “los ríos, riachuelos”; 198.II; 205.IV; 207.I.a; 210; 212.I, II y III; 214 en la frase: “Dicha declaración no podrá  ser observada por la Alcaldesa o Alcalde Municipal” ; 215; 216.III; disposición Transitoria Segunda parágrafo III en las frases: “Ley Municipal de Procedimientos Administrativos”, “Ley Municipal de la Carrera Administrativa”, y “Ley Municipal de la Juventud”; y, Disposición Transitoria Quinta en su parágrafo III.