DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

ARTÍCULO 195.- Servicio de gas domiciliario.

El Gobierno Autónomo Municipal gestionará y coordinará con otras entidades territoriales autónomas y el nivel central del Estado, las acciones necesarias que garanticen el derecho al acceso del servicio de gas domiciliario establecido en la Constitución Política del Estado Plurinacional, de acuerdo al crecimiento poblacional; así como, la provisión, distribución y control del actual sistema de gas.