DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

corresponde en conexitud declarar la incompatibilidad de la frase: “ además de: a) Tener treinta (30) años de edad cumplidos a la fecha de su designación; b) Tener domicilio y/o residencia en el municipio de Colcapirhua durante los últimos dos (2) años  al momento  de su designación; y c) Reconocida trayectoria en la difusión  y defensa  de los derechos humanos” del artículo 79.I  del mismo proyecto de la Carta Orgánica Municipal, bajo los mismos argumentos.

En este entendido, corresponde en conexitud declarar la incompatibilidad de la frase: “ además de: a) Tener treinta (30) años de edad cumplidos a la fecha de su designación; b) Tener domicilio y/o residencia en el municipio de Colcapirhua durante los últimos dos (2) años  al momento  de su designación; y c) Reconocida trayectoria en la difusión  y defensa  de los derechos humanos” del artículo 79.I  del mismo proyecto de la Carta Orgánica Municipal, bajo los mismos argumentos.