DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

ARTÍCULO 188.- Gestión integral de riesgos.

I.     El Municipio, reconoce la situación de riesgo por causas naturales y declara de alta prioridad su atención; a cuyo fin, implementa una gestión integral de riesgos a objeto de proteger la vida e integridad física de la población; así como, para otorgar las condiciones necesarias para la recuperación de las zonas afectadas y la población damnificada.

II.    El Gobierno Autónomo Municipal, aprobará normas, suscribirá acuerdos y establecerá niveles de coordinación con instancias públicas de los distintos niveles del Estado, organizaciones sociales y actores privados a efecto de planificar y ejecutar una gestión integral de riesgos en el marco de la concurrencia y corresponsabilidad que señala la Constitución Política del Estado Plurinacional y las leyes.

III.   El Gobierno Autónomo Municipal, está facultado para evacuar a las personas o asentamientos humanos en situación de riesgo o desastre natural con la finalidad de proteger la vida e integridad física de la población; en caso de negativa o resistencia podrá requerir el auxilio de la fuerza pública para cumplir la presente atribución municipal; sin que ello, genere responsabilidad en los servidores públicos municipales.