DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

resulta compatible siempre y cuando en la interpretación de dicha previsión no se entienda como una limitación al ejercicio de la facultad fiscalizadora,

Ahora bien el art. 152.IV del proyecto en análisis, precisamente hace referencia a la facultad fiscalizadora del Concejo Municipal regulando con relación a la misma lo siguiente: “El sistema integral de fiscalización, así como los mecanismos, procedimientos y demás acciones de fiscalización, por ningún motivo perjudicará la labor legislativa de la gestión municipal”, regulación que resulta compatible siempre y cuando en la interpretación de dicha previsión no se entienda como una limitación al ejercicio de la facultad fiscalizadora, porque conforme a los preceptos constitucionales señalados, la facultad fiscalizadora del Concejo Municipal, no puede ser limitada en su ejercicio.