DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

ARTÍCULO 52.- Acreditación,

II.    Las concejalas y concejales electos tomarán juramento ante la máxima autoridad de la jurisdicción ordinaria dependiente del Órgano Judicial del Estado Plurinacional con jurisdicción y competencia en el ámbito territorial del municipio de Colcapirhua. Quién deberá jurar el cumplimiento de la Carta Orgánica como requisito indispensable para el desempeño del cargo conferido, previamente a la asunción del mismo.

IV.   Las concejalas y concejales al incorporarse al Concejo Municipal, cualquiera sea la oportunidad en que lo hagan, prestarán previamente juramento en la siguiente forma: “¿Juran por Dios, sus creencias y por la Patria, cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado Plurinacional y la Carta Orgánica del municipio de Colcapirhua y desempeñar fielmente el cargo de Concejal?”- Sí, juro - “Quedan habilitados para ejercer el cargo de Concejal”.