DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Corresponde declarar la incompatibilidad del artículo 59.II del proyecto de Carta Orgánica Municipal, en conexitud con el art. 52.II, del mismo proyecto,

Corresponde declarar la incompatibilidad del artículo 59.II del proyecto de Carta Orgánica Municipal, en conexitud con el art. 52.II, del mismo proyecto, bajo los mismos argumentos ya expresados en el control previo de contrastabilidad del mencionado artículo, ya que no es posible que una Norma básica institucional, establezca atribuciones para las autoridades jurisdiccionales, que no sean las expresamente conferidas por la Constitución Política del Estado y la ley, ya que el estatuyente a regulado en el parágrafo II del art. 59 del proyecto en revisión, que la Alcaldesa o Alcalde Municipal tomará juramento ante la máxima autoridad de la jurisdicción ordinaria dependiente del Órgano judicial del Estado Plurinacional con jurisdicción y competencia en el ámbito territorial del municipio de Colcapirhua, estableciendo una facultad no prevista por la norma fundamental o por la ley.