DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

ARTÍCULO 179.- Repoblamiento forestal.

II.    El Gobierno Autónomo Municipal, reglamentará con carácter obligatorio la plantación y conservación de árboles en tierras de propiedad privada, en las áreas contiguas o lindantes con carreteras o caminos, márgenes de ríos, arroyos, acequias, canales y demás cuerpos o cursos de aguas en la cantidad, plazos y condiciones que de acuerdo con las modalidades de cada sector establezcan los estudios respectivos.